Enfoque de género como elemento transversal en la administración de justicia

Enfoque de género como elemento transversal en la administración de justicia

Por: Silvia Fernanda Espinoza

En la última década, los mecanismos internacionales tales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), ONU MUJERES, Asamblea General de Naciones Unidas, entre otros, han impulsado la igualdad de género como eje fundamental en la agenda de planes de políticas públicas, incluyendo los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Las recomendaciones de organismos como las Naciones Unidas han establecido la imperiosa necesidad de que los Estados implementen el enfoque de género como elemento transversal en las decisiones judiciales, con el objetivo de avanzar hacia una sociedad más equitativa. Para ahondar sobre ello, podemos analizar la guía de transversalización de perspectiva de género de la ONU: https://www.undp.org/sites/g/files/zskgke326/files/2023-11/231101_guia.pdf

Colombia ha optado por adoptar estas recomendaciones y se ha encargado de implementar este enfoque en los diferentes escenarios de administración de justicia. Entre ellos, se destaca el enfoque de género en el trabajo realizado por la Comisión de la Verdad, es importante su protagonismo ya que se estudia la historia álgida de guerra que atravesó el país desde la mirada de la mujer, quienes han sido históricamente olvidadas. (Para visualizar el informe de la comisión de la verdad: https://www.comisiondelaverdad.co/sites/default/files/descargables/2022-07/Informe%20final%20Mi%20Cuerpo%20Es%20La%20Verdad%20mujeres%20LGTBIQ.pdf)

Para ilustrar este punto, basta con examinar el contexto histórico de las grandes guerras del mundo. Tras estos eventos devastadores, los estudios a menudo se enfocan en el impacto de estos conflictos en los hombres y el panorama socioeconómico en general. Un ejemplo claro de esta omisión es lo ocurrido en los Tribunales de Núremberg, donde se procesaron los crímenes internacionales cometidos durante la Segunda Guerra Mundial, el enfoque principal se desplazó a la reconstrucción social, la recuperación económica y la rehabilitación de los veteranos de guerra masculinos. Infortunadamente, los actos crueles e inhumanos a los que fueron sometidas millones de mujeres fueron ignorados y minimizados. Si bien los crímenes atroces contra la humanidad fueron procesados meticulosamente, las atrocidades infligidas a innumerables mujeres se relegaron al reino de meras afrentas a su honor, sus gritos de justicia no fueron escuchados en medio del clamor por la retribución.

En contraste, la Comisión de la Verdad, en su informe “Mi cuerpo es la verdad”, pone de manifiesto el olvido al que ha sido sometida la mujer por parte de los entes judiciales. señala que “el rol tradicionalmente impuesto a las mujeres ha sido el de cuidadoras, así, se normalizó el hecho de que no hablen ni se ocupen de sí mismas, sino de los demás.

En consonancia con lo anterior, la Corte Constitucional ha señalado que el Estado colombiano, en su conjunto, debe ser sensible a la protección reforzada de la mujer para erradicar cualquier tipo de violencia en su contra. Además, debe garantizar el acceso a la justicia, comprender el fenómeno de la violencia de género en su contexto, identificar patrones de poder desiguales entre hombres y mujeres, rechazar estas situaciones como prácticas estatales y aplicar los estándares internacionales de protección a estos derechos.

Así mismo, la Corte ha establecido que los jueces están obligados a eliminar cualquier forma de discriminación contra la mujer y a incorporar criterios de género en la resolución de casos. Esto pone de relieve la importancia constitucional de analizar si los jueces han tenido en cuenta una perspectiva de género al momento de tomar sus decisiones. Para profundizar en esta postura consultar: Sentencia T-400 del 2022. Corte Constitucional. MP. Alejandro Linares.

Como firma, nos identificamos plenamente con esta labor de reconocimiento de la mujer como protagonista en todos los espacios de la sociedad. Por ello, hemos aplicado el enfoque de género como parte de nuestra estrategia jurídica en casos de violencia de género, obteniendo un gran número de victorias relacionadas con la protección de derechos y el reconocimiento de la dignidad de la mujer.

En definitiva, el enfoque de género como elemento transversal en el ejercicio de la abogacía es un compromiso de todos. Tenemos el objetivo de construir un mundo más equitativo donde todos y todas seamos parte de una construcción en comunidad.